null: nullpx

La SCJN aprueba el aborto en hospitales públicos de México para víctimas de violación

El pesidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aprobó que el aborto sea posibilidad para mujeres y niñas víctimas de violación
Publicado 8 Ago 2019 – 11:38 AM EDTActualizado 8 Ago 2019 – 11:48 AM EDT
Comparte
Default image alt
An abortion rights activist gestures during a demonstration in support of legal and safe abortion in Mexico City, Mexico, September 28, 2018. REUTERS/Edgard Garrido Crédito: Reuters

Esta semana México avanzó a pasos agigantados en cuestión de derechos para la mujer luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la modificación de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046-SSA2-2005 que permite el acceso al aborto en todo el país.

Gracias a esto, los hospitales públicos podrán interrumpir los embarazos que hayan sido resultado de una violación y sin la necesidad de que exista una denuncia de por medio; este cambio en la ley hace énfasis en que la decisión de la mujer será inatacable.

“El personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena ge a que hace referencia el artículo 5 de la Ley General de Víctimas”, explica la reforma de esta ley.

Arturo Zaldívar, Presidente de la SCJN que, a pesar de que el pensamiento de conservadores siempre ha abierto el debate y dividido a la sociedad en temas del aborto, pero, sobre todo, influyendo con sus creencias religiosas, el trabajo de los legisladores es ejercer una democracia constitucional que ponga en claro los derechos de la mujer y las niñas.

Durante los últimos años, grupos conservadores y religiosos han protestado en contra del aborto legal con la insignia de estar “protegiendo las dos vidas; de la madre y del hijo”, sin embargo, Zaldívar aseguró que no había debate sobre esto, ya que todos están a favor de la vida.

“Los jueces estamos por no criminalizar a la mujer pobre, porque la niña rica siempre ha tenido más posibilidades, y nosotros tenemos la obligación con las niñas y mujeres, de defender sobre todo a las más pobres, a las indígenas, a las que no tienen a nadie que hable por ellas”, agregó el presidente de la SCJN en entrevista con Ciro Gómez Leyva durante el noticiero Por La Mañana.

La interrupción del embarazo no se le podrá negar a la víctima y los médicos tendrá la obligación de escuchar y atender a la mujer con apoyo; esto representa el fin de las solicitudes por escrito y trámites.

En los casos de niñas menores de 12 años, será la madre, padre o tutor quien solicite al doctor que realice el aborto.

Sin embargo, esta reforma también aclara que, si algún médico o enfermera tiene “objeción de conciencia”, estará prohibido que el hospital obligue a los trabajadores de la salud a realizar la interrupción del embarazo.

Por otro lado, también se aclaró que todo hospital y clínica pública deberá contar de manera rigurosa con médicos y enfermeras que no tengan un problema de creencias y puedan llevar a a cabo el aborto con éxito y profesionalidad.


Comparte